Estado de una vivienda tras alquiler por 20 años

He estado viviendo durante 20 años en una vivienda con un elevado alquiler sin ningún problema de pago por mi parte.

Tras avisar al dueño, hemos dejado la vivienda y estábamos esperando a recibir la fianza ya que se ocupaba del alquiler una empresa que lo gestiona.

Tras casi un mes, recibo llamada del responsable del alquiler del piso diciéndome que el piso está destrozado porque se lo hemos devuelto sin pintar y con agujeros de taladrod en las paredes y en el alicatado del baño.

El piso se alquiló sin amueblar y como es lógico se hicieron los agujeros normales para colgar cuadros, estanterías, incluso en el baño para colgar armaritos, toalleros y demás.

Además hay dos persianas que no funcionaban bien de antes, algo que se avisó al dueño pero nunca quiso arreglar.

Es normal que el inquilino cuando abandona la vivienda tras 20 años tenga que asumir el gasto de tapar los taladros de las paredes, ¿alicatados y demás y pintar el piso completo?

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No es normal ni anormal, dependerá de lo que se hizo constar en el documento de finiquito de ese contrato, que el dueño deba asumir esos desperfectos como lo habitual por un uso largo y continuado o que pueda repercutir su reparación al inquilino.

Hola y muchas gracias por tu respuesta. Lo único que veo en las claúsulas del contrato (de hace 20 años) es lo siguiente:

- Las pequeñas reparaciones necesarias por uso ordinario serán de cuenta exclusiva del arrendartario, así como las producidas por mal uso o daño doloso.

Lo que no sé es si el que me alquiló el piso tenía la obligación o no de pintar el piso cada cierto tiempo (que nunca lo ha hecho y sí nosotros), o estaba obligado a reparar por ejemplo los mecanismos de las persianas (se levantan con manivelas) que con el tiempo lógicamente se han deteriorado varias veces.

Y otra cosa que no entiendo es que al dejar un piso de alquiler tras 20 años, haya que dejarlo con las paredes sin los típicos agujeros de taladros para cuadros y perfectamente pintado.

Tengo entendido que los propietarios de los pisos de alquiler deben tener un mantenimiento mínimo de los mismos, eso no es así? El piso es en Andalucía por si es un dato importante.

Gracias de nuevo por tu tiempo.

No me refería al contrato, sino al documento que debieron firmar para acreditar la entrega de llaves y el fin de contrato.

El documento en la entrega de llaves sólo dice que se devolverá la fianza una vez verificado el estado de la vivienda. Porque cuando entregamos las llaves, al ser una fundación la propietaria de los inmuebles en alquiler, ni se molestaron en ir a ver el piso hasta pasados unos días.

Es normal que un piso en el que se han vivido 20 años tengamos que devolverlo con las paredes recién pintadas cuando ellos no han hecho ningún mantenimiento de la casa durante este tiempo??

El desgaste de la pintura es algo que corre por cuenta del casero, máxime habida cuenta de la duración del alquiler

En mi blog www.pedrohernandezabogado.com tiene sentencias que abonan la anterior afirmación

Hola y gracias de nuevo,

he estado mirando tu blog, hay cantidad de información útil, ya no sólo para esto sino para cualquier tema, me lo dejo en favorito como referencia, muchísimas gracias.

He estado viendo algún post referente a esto y alguna sentencia de Coruña, pero no encuentro la ley donde pone que lo que me dices del desgaste de la pintura por haber vivido 20 años, donde lógicamente nosotros hemos pintado varias veces.

Eso se desprende del Código Civil, no es que haya una ley que lo ordene deforma taxativa

Bueno, entonces no tengo muchas armas para defenderme al menos de palabra con el dueño del piso no?? Sólo que como hace 20 años q estábamos de inquilinos tiene que pintar el las paredes y rellenar los agujeros... pensaba que podía ir con algún tipo de ley o sentencia en mano para hacer más fuerza que me diera la razón, porque con el Código Civil no me manejo lógicamente.

La lectura de este artículo le puede servir:

La pintura en los pisos alquilados

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