Matrimonio: Cambiar régimen de gananciales a separación de bienes

Llevamos 8 años casados con el régimen de gananciales que era que te asignan por defecto en Madrid. Durante ese periodo, hemos dispuesto que cada uno tenga lo suyo, cuenta corrientes separadas con un único titular, un coche de cada uno propiedad, el piso 100% de mi mujer, aunque sigue pagando hipoteca... Es decir no figuramos como cotitutalares en nada. Ahora no estamos planteando cambiar el régimen de gananciales a separación de bienes, y no surge dos dudas:

  • 1. En la liquidación del régimen de gananciales, podemos establecer que cada uno se quede con lo que es titular, ¿aunque el importe resultante de la liquidación no sea igual? ¿Habría qué pagar impuestos? ¿Qué porcentaje?
  • 2. EN caso que la opción 1 no sea posible, nos podríamos acoger a separación de bienes a partir del momento de la firma de la capitulaciones matrimoniales, ¿dejando estos 8 años de matrimonio como gananciales?

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En una notaría se lo explicarán en detalle, al hacer capítulos matrimoniales disuelven la sociedad de gananciales y se adjudican los bienes a ambos cónyuges por separado

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