Quién tiene derecho de uso en una separación de bienes y posterior divorcio de un vehículo comprado en bienes gananciales?
Antecendentes:
Matrimonio en bienes gananciales.
Durante es periodo se adquiere un vehículo( coche) que sustituye al vehículo privativo con el que se entra en matrimonio.
Posteriormente en el matrimonio, en bienes gananciales, se compra una motocicleta.
Pasados unos meses se producen capitulaciones matrimoniales donde se especifica que el uso de los vehículos, según expongo:
"A.- El régimen económico del matrimonio será en lo sucesivo
El de absoluta separación de bienes, teniendo y conservando
Cada cónyuge el dominio, administración y disfrute de aquellos cuya titularidad ostente, y haciendo suyos los frutos y rentas de sus bienes, y los que obtenga de su trabajo, o por cualquier título o consecuencia de su actividad personal."
Esta capitulaciones no son documento de liquidación de bienes, según se indican en las capitulaciones ...
"Que los bienes propios del matrimonio con la consideración
De bienes gananciales, no se inventarían en esta escritura,
Y se procederá ala adjudicación de los mismos en otra escdtura
De liquidación de sociedad conyugal."
Tras realizarse la separación de bienes se produce la separación y posterior disolución del matrimonio.
Ambos vehículos están a mi nombre según documentación de tráfico.
Antes de producirse la separación me presentó la demanda de divorcio y aprovechando mi ausencia para hablar con abogados, la motocicleta desapareció. Supuestamante, la había dejado a un compañero que necesitaba un vehículo para desplazarse.
Mi pregunta es: ¿Hasta qué punto puedo reclamar la motocicleta? ¿Qué puedo hacer? ¿Qué debo de hacer?