Multa en Valencia por estacionar en calle peatonal

Hoy he aparcado mi coche en una calle peatonal en la que había muchos coches más y al llegar he visto el recibo rosa, 100 euros.

Sin embargo, el apartado de legislación infringida está en blanco. No hay nada escrito en el apartado Art LSV, ni Art RGC, ni ordenanza. En el hecho denunciado pone "estacionar en la acera"

¿Tiene fundamento juridico? ¿Tengo las de ganar si recurro?

2 Respuestas

Respuesta
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Además, en la misma denuncia en el lugar de los hechos aparece la dirección y un número que no existe en el Catastro. ¿Podría recurrirlo con garantías?

Respuesta

Recurrir, siempre puede. Ahora bien, usted pregunta si puede hacerlo con garantías o si tiene las de ganar. Garantías se tienen pocas veces. Por ejemplo, cuando el vehículo multado no es el suyo (ha habido un error al anotar la matrícula y el infractor era otro).

En su caso, usted reconoce que ha cometido una infracción. El hecho de que hubiera más vehículos en la misma situación no influye.

Tenga en cuanta que unos errores al rellenar el boletín pueden ser subsanados, cuando usted presente el recurso, y que la sanción sea ratificada. Piense que es posible que la policía haya tomado fotografías de su vehículo, quedando claro que estaba estacionado de forma indebida. Poco importará entonces si han apuntado mal la dirección.

Personalmente, creo que, o se tiene muy claro que se trata de una sanción injusta, que no le corresponde, o es mejor pagar y acogerse a la bonificación por pronto pago.

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