Prescripción de deudas con Hacienda

Tengo una deuda tributaria. En 2015 recibí una notificación de embargo efectuado en mi cuenta corriente. Teniendo en cuenta que se me ha notificado mi deuda ¿Prescribe esta? Si es así, ¿Cuándo? ¿Qué se entiende pues por interrupción de la prescripción?

2 Respuestas

Respuesta
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Dice que recibió notificación de embargo, pero ¿Le embargaron bienes o nómina?

Respuesta

La prescripción (4 años) es el plazo que tiene la Administración para conjugar la deuda, pero a usted ya le han echado la cuenta y le están ejecutando, es decir, que no puede haber prescripción. No ha corrido un solo día de prescripción y la actuación administrativa está en plena acción, por lo que debe desechar cualquier idea distinta del pago total de la deuda (puesto que no puede pedir fragmentación).

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