Tenemos firmado un contrato de arras, con una señal anticipada por el comprador, y en el cual se especifica que la vivienda tiene una hipoteca pero que se entregará libre de cargas, y no se dice como va a efectuar el pago del resto de la vivienda el comprador. Y está la típica coletilla de que todos los gastos e impuestos que se generen de la compraventa van a cargo del comprador excepto la plusvalía. Yo entiendo que tengo que pagar el notario y el registro de la cancelación de mi hipoteca.
En el mismoo acto se firman las escrituras públicas de: la compraventa, cancelación de mi hipoteca y nueva hipoteca del comprador.
Si finalmente el banco del comprador no admite que yo me ocupe de la gestión de la cancelación (presentar IAJD y registro) y no le concede la hipoteca al comprador, y por tanto no se firma la operación, entiendo que sería un desestimiento por parte del comprador y perdería la señal ¿Es así?