¿Multa por no tener seguro sin circular?
Por razones económicas (no tenía dinero para pagar el seguro), he tenido el coche sin seguro y no he circulado con él desde el mes de septiembre. Me he encontrado con la sorpresa de que me han multado con 1500 euros. Mirando por internet, he podido ver que tener un coche sin asegurar incluso estando aparcado es sancionable, pero he visto en foros que la multa sin circular para un automóvil es de 800 euros (400 con el descuento) y no de 1500. ¿Cómo puedo recurrir para que rebajen al importe correcto?
Quedo a la espera de la respuesta, porque esta diferencia para mi es una auténtica debacle. En el fondo, me han multado por no tener dinero y me siento triste e indignado. Creía que lo prohibido era circular sin seguro..
Respuesta de kapo Pako
3 respuestas más de otros expertos
Respuesta de parrondo
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Respuesta de Carballada Ag. Seguros
Respuesta de Jesus Villalba
1500€ es si circulas sin seguro. - Jesus Villalba
Lo se, pero es que creo que un vehículo aparcado en la vía publica, se usa ese mismo articulo para sancionar. Si te fijas el otro articulo no hace consideración para el caso de estar aparcado en la calle. - kapo Pako
Señor Kapo Pako, le hablo desde el conocimiento, no he hecho una suposición. Como bien han dicho en otra respuesta la única forma de que un vehículo no tenga obligación de tener suscrito un seguro es que el mismo este de baja, en cuyo caso no podría estar estacionado en la vía pública pues carecería de permiso de circulación lo que supondría otra infracción distinta. Un saludo - Jesus Villalba
La baja de un vehículo, solo la puede emitir tras la solicitud de un centro de descontaminación (desguace). Es imposible estar en posedion de un vehicuko dado de baja, por lo tanto no se en que sanción estas pensado.Un vehículo en baja temporal, también habría que verlo.y visto este ejemplo de conocimiento, permíteme dudar de lo demás. Un cordial saludo. - kapo Pako
Aparte que lo de carecer de seguro es independiente de si este de baja temporal, sin itv, mal aparcado, que lo lleve la grúa... - kapo Pako
Que atrevida es la ignorancia, un vehículo de baja temporal no tiene obligación de tener suscrito un seguro, pero tampoco puede estar en la vía publica ( lo puedes tener en una finca o garaje particular)La infracción por un vehículo de baja temporal en vía publica seria R.G.Veh art 1 apt 2 opc 5Dsi te fijas hay varias opciones y esta concretamente es de aplicación a vehículos estacionados. Opinar es gratis, pero confundes a la gente - Jesus Villalba
Coerto es muy atrevida.Un vehículo de baja temporal no puede estar en la vía publica, si lo esta, le multan por que al estar en la calle no esta de baja temporal, igual que si lo pillan circulando, y si el coche no esta de baja tiene que tener seguro. - kapo Pako
Y no esta de mas aprender a leer:”””a los vehículos de cualquier clase que, estáticos o en movimiento se encuentren incorporados al tráfico en las vías comprendidas en el primer inciso del párrafo c) (autopistas, autovías, carreteras convencionales, a las áreas y zonas de descanso y de servicio, zonas de parada o estacionamiento de cualquier clase de vehículos, a las travesías, a las plazas, calles, o vías urbanas, a los caminos de dominio públicos; a las pistas y terrenos públicos aptos para la circulación; a los caminos de servicio construidos como elementos auxiliares o complementarios,… y en general, a todas las vías de uso común públicas o privadas.”””estaticos o en movimiento - kapo Pako
No tienes ni idea, como dije antes no hablo haciendo suposiciones, se utilizan los artículos tal y como he dicho. - Jesus Villalba
No obstante y como sabes tanto, explica para que sirve el articulo se SOA con cuantía 800/400€ si según tu no es para por ejemplo un vehículo estacionado como es el caso que concierne. - Jesus Villalba