Multa de trafico por infringir el articulo RGC 94
Esta tarde me han puesto una multa por (según el señor agente) estacionar en un carril o parte de la vía reservado a la circulación de vehículos. El lugar donde he aparcado se encuentra en una calle en zona urbana de doble sentido, a unos 15 metros de una rotonda y entre un paso de peatones y una calle transversal. En dicho lugar no existe ninguna señalización vertical ni horizontal ( bordillo pintado de amarillo) que indique que no se puede estacionar o parar, no invadía el paso de peatones y se encuentra a unos 6 metros de la curva que da acceso a la calle transversal. Lo que si que hay es una línea en el centro de la calzada y una flecha que indica cada sentido de circulación. La pregunta es si existe base jurídica que apoye el motivo de la denuncia y si existe posibilidad de ganar el recurso de esta multa.