Tributación por Alquiler de Habitación

Tengo pensado alquilar unas habitaciones de una vivienda para obtener unos ingresos extra. Tengo entendido que si "el destino de la vivienda es satisfacer la necesidad de vivienda del arrendatario de la habitación" entonces el arrendador tendría derecho a una deducción del IRPF del 60%. Vamos, que si las habitaciones se alquilan por temporadas, cursos lectivos, etc... Ya no responde a la satisfacción de vivienda y no tendría derecho a esa deducción.

Mi pregunta es:

¿Es necesario que además sea MI vivienda habitual para optar a esas deducciones?

2 respuestas

Respuesta

Se trata de alquilar para satisfacer la necesidad Permanente de vivienda. Alquilar hsbitaciones, por temporadas, no da derecho a la reducción. Usted alquilará una vivienda, si esa vivienda es la habitual y estuviera aplicando deducción por vivienda habitual, ésta se vería reducida proporcionalmente a los metros de habitación alquilada. La reducción no la veo posible en este caso.

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