¿Cómo puede asegurarse legalmente la recepción de una comisión a cambio de facilitar el cierre de una compra/venta a un tercero?
En caso de colaborar con un tercero, que tiene interés en deshacerse de un bien determinado y que acepta comisionar a aquél que le facilite la operación, ¿cómo puede el intermediario asegurarse legalmente el reconocimiento y cobro de la misma en caso de cerrarse el acuerdo?. ¿Qué tipo de contrato debería ser firmado entre vendedor e intermediario a tal efecto?. ¿Prevendría la existencia del mismo de un hipotético acuerdo posterior entre comprador y vendedor con el fin de "saltar" al intermediario?
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Respuesta de Pedro abogado
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