Aceptación y renuncia de uno de los herederos
Mi abuela falleció en el 89 y dejó un piso para su hijo y nietos. El hijo también falleció a los pocos años y en su testamento dejó una mejora para uno de los nietos.
Ahora uno de los herederos quiere comprar el piso de la abuela al resto de los hermanos y el nieto que recibió la mejora renunciar a su parte. La pregunta es, ¿al haber transcurrido tantos años desde el fallecimiento de la abuela de qué manera tributaría esta renuncia? ¿Cómo donación? ¿Los herederos que reciban el pago por la venta del piso deben reinvertirlo en su vivienda habitual?
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