¿Consolida el nudo propietario el pleno dominio si adquiere el usufructo mediante adjudicación por subasta?

Acabo de adquirir mediante subasta el usufructo vitalicio de una propiedad de la que ya tenía la nuda propiedad. ¿Se considera éste un caso de extinción de usufructo al unirse el mismo y la nuda propiedad en la misma persona?

2 Respuestas

Respuesta
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La extinción del usufructo anterior fue automático. Tu ahora tienes la propiedad plena y no hay ningún usufructuario.

Entonces supongo que en el Registro de la Propiedad debo de inscribir directamente el pleno dominio y no la adquisición del usufructo y tributar por el mismo concepto el impuesto de transmisiones.

Yo creo que lo mejor que puedes hacer es ir a un notario. El te hará lo que se tenga que hacer.

Respuesta
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Opino que has adquirido por XXX € el usufructo de un bien, y tendrás que liquidar el auto judicial de adjudicación, o la resolución de la AEAT o de la TGSS de adjudicación y tributar por Transmisiones Patrimoniales.

Cuando hayas pagado el impuesto, lo llevas al Registro de la Propiedad y no intentes darle clases al Registrador, él sabrá como tiene que inscribir la adquisición del usufructo

Pero no sé si tengo que liquidar la adquisición del usufructo, que es lo que me adjudica la Aeat, o la consolidación del domino. ¿Y si liquido sólo por el usufructo y el Registro luego me exige la liquidación por la consolidación?

Supongo que si me presento en la oficina liquidadora con el certificado de adjudicación sabrán lo que tienen que liquidarme, no?  ¿0 debo informarme antes en el Registro?

¿Pero tu me has leído la respuesta? Pues te la repito. Te añado, que la consolidación del dominio no es un hecho imponible, ni está sujeto a ningún impuesto

Opino que has adquirido por XXX € el usufructo de un bien, y tendrás que liquidar la resolución de la AEAT de adjudicación por su importe y tributar por Transmisiones Patrimoniales.

Cuando hayas pagado el impuesto, lo llevas al Registro de la Propiedad y no intentes darle clases al Registrador, él sabrá como tiene que inscribir la adquisición del usufructo

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