Derrama de ascensor con impagados ¿Cómo actuar ante las cuotas?

Soy propietario de un piso que lo tengo arrendado en el que se va a instalar el ascensor, para ello tenemos cuotas que abonar los propietarios.

Pero en el edificio hay gente impagada que yá se lo recordé al administrador y que dí mi opinión en el que debería demandar a tales cosa que no se ha hecho.

Mi pregunta es si aparte de mi derrama tengo que abonar la parte de dichos impagados si que se actúe de oficio.

Por otra parte yo estoy abonando mis cuotas al día de hoy pero hay bastantes inquilinos que no lo están haciendo en su totalidad.

¿Hay base legal para demandarme si yo no satisfago la cuota a partir de ahora?

3 Respuestas

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Dice usted "hay gente impagada que ya se lo recordé al administrador y que dí mi opinión en el que debería demandar a tales cosa que no se ha hecho".

El problema es que no es el Administrador quien toma la decisión de demandar. Es la Comunidad, en Junta de Propietarios.

Pregunta usted "Mi pregunta es si aparte de mi derrama tengo que abonar la parte de dichos impagados si que se actúe de oficio." y la respuesta es que la Comunidad no actúa de oficio. Lo que deben hacer es aprobar en Junta la presentación de los procesos monitorios que sean necesarios para forzar a los morosos a cumplir con sus obligaciones. En cuanto a si usted debe abonar la parte de los impagados, la respuesta es que deberá hacerlo, si así lo decide la Junta. Es normal que, si hay morosidad, los propietarios que están al día cubran la falta de liquidez cuando es necesario (por ejemplo, si hay que abonar alguna factura y no hay fondos). Pero que se llegue a hacer eso no implica que no se pueda hacer lo que se debería, que es reclamar la deuda a los morosos.

Finalmente, a la pregunta "¿Hay base legal para demandarme si yo no satisfago la cuota a partir de ahora?", la respuesta es que sí. Exactamente la misma base legal que para reclamarla al resto de los morosos.

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Aclarar un punto

Usted indica:

Por otra parte yo estoy abonando mis cuotas al día de hoy pero hay bastantes inquilinos que no lo están haciendo en su totalidad.

Los inquilinos nunca deben a la comunidad

¿Porque dice usted que nunca deben a la comunidad si la derrama yá está aprobada en junta y con acta?.

Por favor me interesa su razonamiento le doy las gracias por su tiempo.

Disculpas me he expresado mal, tenía que decir propietarios.

Tenemos una idea equivocada cuando alguien deja de abonar sus cuotas

Para demandarle al igual que al resto de morosos, se tiene que aorobar en junta el emprender un proceso monitorio contra los morosos existentes

Lo único es que si le nombran moroso no tiene derecho al voto

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José Ramón,

Le dejo un interesante artículo sobre cómo reclamar cuotas impagadas a los copropietarios.

https://miguelrivasespana.es/que-hacer-si-un-vecino-no-paga-la-comunidad-de-propietarios/ 

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