¿Quién paga las reparaciones de un piso en alquiler?
La ventana se ha roto, la persiana no funciona, el aire acondicionado está estropeado, la caldera hace ruidos raros, la cisterna no tira… Hay infinitas cosas que se pueden romper o dejar de funcionar en un piso alquilado. Saber quién paga las reparaciones de un piso en alquiler es importante tanto si eres propietario como inquilino. De esa manera, se evitan conflictos innecesarios.
Qué paga el propietario
La conservación de la vivienda
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos contempla que el propietario tiene la obligación de realizar y pagar todas las reparaciones de conservación de la vivienda para asegurar su habitabilidad. ¡Ojo! No es posible subir el precio del alquiler para hacerlo.
Obras
Si el piso necesita obras porque no está decente, estas las pagará el propietario. En el caso de que el propietario haya de hacer obras, el inquilino está obligado a soportarlas aunque sean molestas. ¡Qué remedio! Si la obra dura más de 20 días, el propietario debe disminuir la renta en proporción a la parte de la vivienda a la que el arrendatario no pueda tener acceso.
Electrodomésticos
Por norma general, las averías de electrodomésticos las paga el propietario, excepto aquellas que se han producido por un mal uso, negligencia o daño intencionado por parte del inquilino.
Esto quiere decir que, si se estropea la lavadora o la nevera por el paso del tiempo, es un gasto que corresponde al propietario, aunque siempre hay que revisar el caso concreto. La caldera es necesaria para poder vivir en el piso por eso, siempre corresponde al propietario pagar su reparación y/o mantenimiento.
Pintura, si es por el paso del tiempo
El piso debería entregarse en condiciones. Por eso, si el inquilino hace un uso adecuado de él, la pintura corre a cargo del propietario en caso que el deterioro de la misma sea por el paso del tiempo. Si el inquilino ha estropeado las paredes o las ha pintado de otro color, entonces el inquilino tendrá que encargarse de pintar.
Qué paga el inquilino[divider line_type=»No Line» custom_height=»13″]
Por su parte, el inquilino debe pagar de su bolsillo, según la ley de arrendamientos urbanos en su artículo 21.4, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
Reparaciones pequeñas
Como pequeñas reparaciones se entienden aquellas derivadas del uso diario como:
- El sistema de recogida de una persiana.
- El atasco de un desagüe.
- La reparación de la cisterna.
- El cambio de una bombilla.
Utensilios o muebles rotos por el día a día
Si como inquilino se te rompe una ventana, la vajilla, un mueble o algo que forme parte del piso y que hayas roto.
Pintura por mal uso de paredes
Si eres inquilino y has dañado las paredes por algún motivo, entonces la pintura va a tu cargo. Si se trata de conservación por el paso del tiempo por el uso normal de la misma, entonces será el propietario el que corra con el gasto.
Por otro lado, si has pintado un mural o una pared de otro color, por muy bonito que te parezca, tendrás que volver a pintar la habitación del mismo color en la que la recibiste. De hecho, no se puede cambiar el color de las paredes sin el permiso del propietario.
¿Cuál es el límite entre una reparación pequeña y otra grande?
Por poner ejemplos, el propietario ha de reparar la instalación de la luz si es muy antigua pero es el inquilino el que ha de cambiar la bombilla en caso que esta se funda.
A veces, es difícil determinar la frontera entre ambos casos pero queda en el entendimiento de ambas partes llegar a un acuerdo.
Antes de entrar a vivir en un piso o de alquilar una habitación, debes asegurarte de estas 10 cosas que sí o sí has de preguntarle al propietario. De todas formas, la mejor manera de llegar a acuerdos es mediante el diálogo. A pesar de eso, no está demás incorporar en el contrato cláusulas en las que se detalle qué se entiende por pequeñas reparaciones para saber qué reparaciones debería pagar el inquilino y cuáles el propietario.
¿Más dudas? Sigue elblog de Badiy te contestaremos todas esas preguntas que se te aparezcan tanto si eres propietario como inquilino de una vivienda.