¿Quien debe pagar una obra de comunidad aprobada y empezada antes de la venta de la vivienda y vendida sin cargas?

Hace unos 3 años compré una vivienda en una comunidad que estaba llevando acabo unas obras, la compré en septiembre y las obras tenían que haberse terminado en octubre de ese mismo año, la compré libre de cargas y con la obra pagada, a fecha de hoy la obra no se ha terminado, y la comunidad me reclama pagos correspondientes a esa obra, tengo entendido que eso es cosa del antiguo dueño ¿qué debo hacer? ¿He de denunciar a la comunidad por no haber terminado la obra en su momento?

2 Respuestas

Respuesta

Habría que saber cómo se estipuló que usted compraba con la obra pagada. Tenga en cuenta que los pagos corresponde realizarlos a quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de los mismos. En consecuencia, la Comunidad se los reclama a usted. En todo caso, si usted tenía el compromiso escrito de que la obra la asumía el anterior propietario, podrá a su vez reclamárselo a éste.

Se quedó que toda la obra quedaba zanjada con los anteriores dueños, precisamente para evitar conflictos, y la obra tenía que estar acabada ese mismo año.

Los antiguos dueños me vendieron la vivienda con varios desperfectos y cuando se lo dije  cortaron toda comunicación conmigo  y se desentendieron de todo, y siendo algo que estaba antes de la venta, se tendrían que hacer cargo ellos.

¿Tendríamos que denunciar también a la comunidad por no haber llevado acabo las obras en tiempo?

Gracias

Como le decía antes, lo de que "se tendrían que hacer cargo ellos" está por ver. Desde que la vivienda le pertenece a usted, es usted quien debe atender los pagos que devengan exigibles. Si usted compró, por ejemplo, en Mayo del 2019 y en Octubre de 2019 se pasa al cobro una derrama por la obra, aunque esta obra se aprobara en Enero de 2019, quien debe hacerse cargo es usted.

Cuestión diferente es que usted acordada con los vendedores que ellos asumirían estos pagos. Pero eso es una cuestión particular entre ustedes y los vendedores, que en nada afecta a la Comunidad. Ese acuerdo, ¿consta en algún documento? ¿Tienen forma de demostrarlo?

Como le digo, el simple hecho de que fuera una cuestión anterior a la compraventa no es suficiente.

Por otra parte, no veo en base a qué argumentos deberían demandar a la Comunidad. ¿Existe algún compromiso con ustedes en el que se establezca una fecha límite de ejecución de las obras y que ponga de manifiesto que, por su incumplimiento, ustedes han sufrido unos perjuicios económicos cuantificables?

Respuesta

Debería explicar perfectamente porqué le piden ese dinero, usted no nos expecifica si es una deuda pendiente del anterior propietario o es una derrama que ha surjido siendo usted propietario

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