¿Residencia fiscal a efectos de IRPF?
A ver tengo una duda que me gustaría plantear a ver qué opinais:
Si soy socio al 100% de una SLU española y quiero liquidarla para dejar de residir en España y constituir otra en otro país, me surge la siguiente duda a efectos IRPF:
Supongamos que lo hago en marzo de 2020 (todavía no han pasado los 183 días que me harían "residente fiscal español") y que la cuota de liquidación de la sociedad son 50.000 €.
¿Estos 50.000 € los debo declarar en España o en mi nuevo país de residencia, que no es un paraíso fiscal?
¿Qué opináis?
2 respuestas
Respuesta de Abogados Edo
Respuesta de Pedro abogado