Cómo redactar el contrato para el alquiler de una habitación
El contrato entre arrendador y arrendatario es recomendable que quede reflejado por escrito. Para que no surjan después conflictos, debe estar firmado por ambas partes y recoger diferentes aspectos como:
- Qué habitación exactamente es la que ocupará el inquilino
- El precio y la forma de pago
- La duración del contrato
- Qué servicios se incluyen en el alquiler (derecho a cocina, teléfono, Internet, etc) y cómo se repartirá el pago de los gastos extra que pueda haber
- Si el arrendatario puede subarrendar o no, a su vez, la habitación, ya que según el código civil si el contrato nada indica, el arrendatario sí podría subarrendar a su vez la habitación
Pese a estas recomendaciones generales, es conveniente que un profesional revise el contrato antes de firmarlo para resolver cualquier duda y suspicacia que pueda surgir entre las partes
La fiscalidad del alquiler de habitaciones
Aspectos fiscales de interés para el arrendador
El arrendador debe declarar a hacienda el beneficio que obtenga con el alquiler de la habitación en todo caso, independientemente del coste de la habitación o de quién sea el inquilino. Pero esto no significa que tenga que salir caro: el arrendador podrá deducirse entre el 60% y el 100% del dinero obtenido en función de la edad y los ingresos del inquilino, tal como indica el artículo 23 de la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas
- Si el inquilino tiene entre 18 y 30 años y unos ingresos netos superiores al valor del iprem (7.455,14 euros actualmente), el casero puede deducirse el 100% de las rentas obtenidas
- En caso contrario, el propietario disfrutará de una reducción del 60% de la renta percibida si el contrato se celebró a partir del 1 de enero de 2011 o del 50% si tiene fecha anterior
Hay que precisar que si el propietario utiliza la vivienda como su residencia habitual y se desgrava el pago de la hipoteca, el alquilar una o varias habitaciones le implicará rebajar una parte de esta desgravación, la correspondiente a la parte proporcional de uso exclusivo de la vivienda por parte inquilino. Así lo indica la consulta vinculante v1729-07 de la dirección general de tributos
Aspectos fiscales para el arrendatario
La parte negativa para el inquilino que sólo alquila una habitación y no toda la vivienda es que hacienda no lo considera alquiler de vivienda habitual y, por tanto, no permite desgravar por este concepto, aunque por su situación personal y económica pudiera tener derecho en caso de que alquilara la vivienda completa
Si alquilas habitaciones en un piso en el que eres inquilino, avisa al propietario
Si te gustaría arrendar una o más habitaciones de la casa en la que vives pero tú no eres el propietario, sino que vives de alquiler, debes saber que primero tienes que contar con la autorización expresa del propietario de la vivienda, ya que realquilar la casa sin permiso es motivo de rescisión de contrato. Además, el propietario de la vivienda tendrá derecho a exigir una compensación por permitir el subarriendo de parte del inmueble