Rampas para minusválidos en edificios

Es obligatorio instalar una rampa de acceso en mi bloque, tan solo hay un pequeño escalón de acceso al portal pero me gustaría que se instalara, es cierto que no es necesario de votación en la junta y que se puede solicitar directamente su instalación

1 Respuesta

Respuesta
1

Es obligatorio si hay alguna persona con problemas de movilidad que lo solicite. Usted dice que “le gustaría que se instalase”. Me temo que eso, sin más, no es motivo suficiente para obligar a la comunidad.

hay personas mayores de setenta años, con eso es suficiente creo

No necesariamente. Para empezar, deben ser ellos los que lo soliciten. No sé si usted es una de esas personas.
Y, por otra parte, una rampa es para salvar el escalón a alguien en silla de ruedas. Usted dice que se trata de un pequeño escalón. En principio, no sería necesaria una rampa para alguien que no tiene problemas de movilidad. Una persona mayor de 70 no tiene por qué tener problemas para salvar ese pequeño escalón.
Lo que sí se justificaría sería un ascensor o un salvaescaleras, para tramos mayores.
Es decir, que si la comunidad se niega en base a estos argumentos, que podrían ser lógicos, deberían llevar el asunto al juzgado.

Me interesa el tema del salvaescaleras para tramos mayores, pero nunca había oído hablar de ello y he leído con interés la lph o parte de ella, me puedes dar más información sobre este asunto gracias

Porque la LPH no dice salvaescaleras, concretamente.
Dice otros dispositivos mecánicos o electrónicos. Lea el artículo 10.b, que dice:

b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.

También será obligatorio realizar estas obras cuando las ayudas públicas a las que la comunidad pueda tener acceso alcancen el 75% del importe de las mismas.

Muchas gracias no lo sabia, ahora me surge otra duda de la información que me has dado.

Si la subvención que te dan fuera por ejemplo del 80%, eso significa que seria obligatorio instalar el ascensor, pero obligatorio obligatorio, sin mayorías, sin importar oposiciones, que habría que tener en cuenta

La obligatoriedad no está relacionada con las posibles subvenciones. Son cuestiones independientes.

La obligatoriedad sólo tiene que ver con el hecho de que haya personas mayores o discapacitadas que lo soliciten.

pero tu has puesto antes

También será obligatorio realizar estas obras cuando las ayudas públicas a las que la comunidad pueda tener acceso alcancen el 75% del importe de las mismas.

entonces esto que significa

Disculpe. Pensé que me dijo que había personas mayores de 70 que querían el ascensor. Si es así, que haya subvenciones o no es irrelevante. Si no es así, no le había entendido bien.
¿Cuál es la situación exactamente? ¿Hay personas mayores o con discapacidad qué quieren ascensor? En caso contrario, ¿cuántos vecinos quieren ascensor? ¿Cuántos vecinos son? ¿Han pedido subvenciones? ¿Han pedido presupuestos de instalación?

Si hay vecinos mayores de 70 que lo quieren y algunos con minusvalías

En lo demás has metido el dedo en el cogollo. Te explico. Vecinos 20, reunión 10, votación ascensor 6 si 4 no. en el acta, vecinos 8, votación empate a 4. vecinos ausentes 10, preguntados no

¿Me está diciendo que se ha falseado del acta?

En cualquier caso, la instalación es obligatoria, haya o no mayoría, puesto que hay vecinos mayores y con minusvalía que lo solicitan

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas