¿Puede obligarme el seguro de hogar a reparar y presentar factura para indemnizarme?

Abrí dos siniestros con mi compañía de seguros, un plato de ducha y un mármol roto. El primero me lo indemnizarón sin problema, pero en relación al segundo me adelantaron una parte y me dijeron que me darían el resto al presentar la factura de la reparación.

Mis preguntas son las siguientes :

¿Pueden obligarme a reparar para indemizarme? En caso afirmativo ¿tengo qué adelantar yo el dinero de la reparación?

La compañía se escudé en que puedo quedarme con el dinero, cambiar de compañía y notificar el mismo parte a otra y que eso es fraude.

He leido que según ley están obligados a indemnizar si así lo solicita el asegurado pero no he encontrado ninguna que diga que estoy obligada a reparar.

Agradezco respuesta si es posible con los artículos que menciona esto pues estoy dispuesta a reclamar oficialmente.

3 Respuestas

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Desde luego no es necesario reparar para que la compañía tenga la obligación, recogida no solo en el contrato de seguro, también el la ley, de indemnizar el daño.

La compañía no puede oponerse a la indemnización si no hay reparación, ahora bien, hay casos en que la aseguradora actúa así con razón, por ejemplo si la cobertura es a valor de reposición, le cubre reponer otra televisión, pero la suya tiene 7 años y vale la mitad, como no se puede obtener beneficio injusto por una indemnización la aseguradora le paga el valor real, y cuando presente la factura de la nueva el resto.

También se paga una parte primero, cuando hay daño estético porque este menoscabo nace de la propia reparación, si no se repara, no hay daño estético y no hay cobertura, por eso hay que reparar.

Quitando este tipo de situaciones, la compañía tiene que indemnizar sin rechistar, pero, las compañías malas que saben que para reclamar en el juzgado necesitará la factura igualmente ponen este tipo de excusas de mal pagador. Pero desde luego, en ningún caso podrían dar por hecho y alagar que usted podría cometer un delito de fraude...

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Yo creo que simplemente son mecanismos de control internos... Al ver dos siniestros indemnizables, se "malpiensa", y por eso le adelantan una parte. Y el resto, con factura.

Si no cambia el objeto, y le indemnizan, dentro de 1 año, puede dar otro parte por lo mismo... Por desgracia en este mundo es bastante común la picaresca, y al final como siempre pagan justos por pecadores. Las compañías, abonan, pero con garantías de que no se va a producir un enriquecimiento.

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Debería leer atentamente la póliza y los documentos que la acompañan, allí podrá determinar si la compañía tiene razón o no.

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