Puedo poner un cañizo en el perímetro de mi terraza

Tengo una terraza que da al patio interior a la altura de entresuelo y el perímetro de esta terraza lo delimita un muro de 90cm! ¿Puedo poner un cañizo sobre el muro? Un vecino me ha saltado diciendo que me va a denunciar porque le quito "luz", su ventana a mi muro esta a 260cm y tampoco es que quiera hacer un muro de 5 metros, me conformo con un cañizo que llegue a 180cm, solo quiero privacidad😰

Con otro vecino si que se reduce la distancia a 105cm de su ventana a mi muro y luego esta la otra terraza de mi vecino que si que compartimos el muro de 90cm ( esta a medio salto de mi terraza!) .

Como ya he dicho antes solo quiero privacidad y estar tranquilo en mi terraza😰

3 respuestas

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Tal como lo describe no es “su” terraza, es un elemento común de uso privativo, por lo tanto tiene que contar con la autorización de la Comunidad para realizar cualquier obra en ella.

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Esta un poco liada la descripción, pero dentro de su terreno puede poner el cañizo que quiera. Eso de que quita luz o la vista del paisaje no es argumento serio. Si no, no se podría poner un edificio de 5 plantas pegado a una casa mata. O no se podría poner un bloque de pisos frente a mi calle porque me tapa la vista de las montañas.

Con permiso o sin permiso (como dice el abogado) usted tiene derecho a preservar su intimidad. Además, si es por dentro de su terraza y un cañizo, no es una obra. Imagine que en vez de un cañizo pone una tela colgada de una cuerda, o pone pegado tres mueble de PVC en el muro de 90 de alto que tiene cada mueble 2 metros. Poner un mueble, un cañizo, una tela no es una obra de construcción, es un bien mueble, y muebles en la terraza (aunque sea la terraza de acceso privativo) puede poner todos los que quiera. Lo de la distancia a las ventanas no es aplicable a su caso, la ley dice que si va a abrir una ventana en un muro, no puede ser a menos de 60 cm de la ventana de al lado de su vecino, ni a menos de 2 m de una ventana que un vecino tenga en frente de la que va a abrir en el muro. Usted no va a abrir una ventana, va a poner un mueble (cañizo). Que el cañizo esté atornillado al muro de 90 cm no le quita el carácter de mueble, como si un mueble de terraza de PVC lo atornilla al muro para que no se mueva con el viento.
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Entendiendo que es una terraza privativa con uso y disfrute suya y que el cañizo no es un elemento fijo sino desmontable podría ponerlo.

El problema es que no puede quitar luz a su vecino cuando lo ponga,

También debe valorar que si el cañizo es muy tupido y hace viento puede hacer efecto vela en la valla y esto en condiciones extremas de viento como las que hemos vivido últimamente puede suponer que le tire la valla, esto normalmente no se lo cubrirá ni el seguro ni la comunidad por haberlo hecho usted y ser responsable de la instalación.

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