Reparación de un patio en usufructo

Vivo en un piso cuyos bajos están en usufructo, hay filtraciones al garaje en algunos de ellos y la comunidad ha decidido levantar todos los suelos, poner tela asfáltica y sustituir la valla por un muro.

La comunidad corre con los gastos pero deja el suelo en hormigón. Si los vecinos quieren volver a solar corre de su cuenta.

¿No debería quedar el suelo como estaba antes de la obra?

Escuchando las conversaciones de los obreros encargados de la obra queda clara su falta de experiencia y hace temer que el año que viene, o dentro de dos pueda volver a pasar lo mismo y tengamos que volver a pagar el suelo de nuestros patios.

1 Respuesta

Respuesta
1

¿De quién es el suelo? Si es la comunidad, es la comunidad quien decide.

Gracias PONTEVELLA ADMINISTRADORES por la respuesta.

 Aclarar que la zona de uso privativo es una terraza al mismo nivel que el suelo exterior y que fueron entregadas con un suelo de tierra, los vecinos nos tuvimos que encargar de hormigonar y solar con lo cual los suelos de cada vecino son distintos.

Una de las propietarias, que dice estar informada, dice que hay sentencias al respecto en las que se obliga a la comunidad a dejar la terraza solada si lo estuviera antes de la obra, aunque el solado que ponga la comunidad no tiene que ser de la misma calidad que el que hubiera antes.

Dicha vecina quiere que nos unamos los bajos para amenazar a la comunidad con una denuncia conjunta y me gustaría tener información antes de tomar una decisión.

Otro problema es que la valla de alambre que separa la terraza del exterior es de 2m y hablan de la posibilidad de que al sustituirla por un pequeño muro y otro tipo de valla (anclada a este muro) la altura resultante sea inferior a la actual.

Muchas gracias.

Faltaría mucha información para poder dar una respuesta acertada, lo único que le puedo decir es que si la terraza es un elemento privativo porque así viene en escritura y todo lo que se ha realizado es legal y está autorizado deben dejárlo como estaba o pagar una indemnización. Pero ya le digo que en su caso no puedo decirle más por desconocer todo lo relativo a su comunidad en particular.

Habría que ver escritura de PH, escritura particular y acuerdos de la comunidad en el libro de actas. A mayores habría que ver informe técnico de lo que se va a hacer y por qué.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas