Subida del precio del alquiler y si puedo decirles de terminar el contrato.

Piso alquilado desde 1-8-13, en contrato pone: Renta se actualizará anualmente conforme la variacion del IPC general. Pagan 500 € amueblado.

1.- Pregunto: Puedo subirles 50 € de golpe.

En contrato pone:

El arrendamiento se establece por UN AÑO, desde el día 1 DE AGOSTO DE 2013. De acuerdo con la legislación vigente a la firma de este contrato, los arrendatarios tendrán la facultad de su renovación anual hasta que el arrendamiento alcance la duración de 3 años.

Transcurrido este plazo, si ninguna de las partes notifica a la otra, al menos con un mes de antelación, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará durante un año más.

Finalizada la duración pactada y, en su caso, la de la prórroga, los arrendatarios deberán abandonar el inmueble, sin necesidad de requerimiento expreso del arrendador.

No procederá la prórroga obligatoria del contrato en el caso de que, trascurrido el primer año de contrato, el propietario necesite la vivienda arrendada para su uso como vivienda permanente para él, o para sus familiares de primer grado de consanguinidad o por adopción, o para su cónyuge en caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial. El arrendador deberá comunicar este extremo con al menos dos meses de antelación a la fecha en que la vivienda se vaya a necesitar. En ese caso, los arrendatarios estarán obligados a entregar la vivienda en el plazo convenido sin que ello genere derecho a indemnización alguna por parte del arrendador.

2.- Pregunto: Previo aviso, puedo pedirles terminar el contrato.

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Habría que examinar ese contrato, con los datos que facilita y el interés que parece tener en terminar ese arriendo, lo más recomendable es que les ponga una notificación fehaciente, burofax, manifestando su voluntad de dar por terminado el contrato al término de la presente anualidad, en que deberán abandonar la vivienda.

¡Gracias! 

Gracias. 

Y en cuanto a la subida del alquiler, sería tan amable de asesorarme. 

Si no ha actualizado desde 2013, puede hacerlo ahora. No puede subir 50 euros “a ojo”, lo que si puede hacer es ofrecerle un contrato nuevo con un alquiler de 550 euros, pero procure no mezclar “churras con merinas”, deje constancia que este arriendo termina con la anualidad en curso, o sea el 31 de julio.

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