Puede enviar un aparejador la promotora, ante la reclamación de defectos constructivos?

Llevamos viviendo 3 años en una comunidad de propietarios, esto se ha hecho eterno, con el abogado que se vendió que conseguía el 85% de lo que reclamaba, estamos dudando si va a nuestro favor o en contra, la cuestión es que se ha presentado la demanda y una vez le ha llegado a la promotora, el administrador de fincas nos dice que van a enviar al aparejador, ¿debemos dejarle visitar todas deficiencias reclamadas?, pues de todo que se fue reclamando, apenas hicieron nada.

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Respuesta

Es lógico que la parte demandada valore los desperfectos para asumir su responsabilidad, o no, en función de qué tipo de daños sean.

ya, ya, lo lógico es una cosa y lo legal otra, 3 años reclamándoles cosas y como estamos a 500km ni se han dignado a pasar a verificar, y en ese tiempo ha habido gente que ha arreglado algunos defectos, reformado cosas, etc...

Lo lógico lo entiendo, pero si he preguntado aquí, es porque me interesa lo legal.

Legalmente no puede entrar nadie en su casa a no ser con una orden judicial. Entonces tu veras si te interesa, o no, dejar entrar al perito de la otra parte a valorar los daños.

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