En la Comunidad se han solicitado obras e instalación de dispositivos al amparo del apartado b) del art.10.1 der la LPH.
El peticionario de las obras e instalación de dispositivos vive en el primer piso. La Junta de Propietarios quiere instalar una plataforma o un ascensor hasta el segundo piso. Algunos vecinos alegan que las obras o ascensores hasta el segundo son innecesarias y no quieren contribuir a su coste.
La mayoría quiere ascensor. ¿Tiene la minoría que contribuir con los costes hasta el segundo?
La minoría a la que hago mención proponen una silla hasta el primero, donde vive el solicitante.
2 Respuestas
Respuesta de Antonio Roses
Respuesta de Poli Plos
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