Sobre el Reglamento General de Circulación
El Reglamento General de Circulación regula las paradas y el estacionamiento en el Art. 94, y a la vez establece en su Art. 93.1 que el régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal. En mi municipio no existen ORDENANZAS MUNICIPALES,
Del mismo modo el RDL 6/2015 del 30 de Octubre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial fija en su Art. 39 las normas generales de estacionamiento y en el punto 4. Que se deberán regular por Ordenanza municipal.
En mi pueblo se han sacado de la manga el art 132.1 del RGC para denunciar el aparcamiento cuando no has realizado a tiempo la alternancia mensual, esa señal de prohibido aparcar los meses pares o impares. Yo creía que era una señal para vehículos en circulación, señalando que estas obligado a la obediencia de las señales.
Vamos que el art. 132.1 vale igual para un roto que para un descosido.
¿Se puede invalidar la sanción por carecer de una norma reguladora de aparcamiento? Ya que no se aplica la Ley como se debería.