Que es necesario para cambiar de uso una vivienda en el registro si ya se hizo el cambio en el catastro?

Tengo una duda sobre como cambiar el uso de una vivienda.

Heredé la vivienda que está de alta en el catastro y de la que se lleva pagando IBI más de 20 años sin embargo en el registro no se cambió nada y aparece corral.

Esta casa se va a vender y necesito cambiar en el registro su uso.

Me dicen que basta con hacer una escritura de "Obra antigua", con esto se le da un valor a la edificación y se va al registro donde en teoría se haría el cambio de uso y quedaría registrado. Mi duda es con el valor que hay que dar a la casa, ¿no se supone que debería darse el valor de construccion que aparece en el IBI?

Adicionalmente, cuando yo recibí esta vivienda, realicé la correspondiente liquidación de impuestos y sucesiones sobre el valor que figuraba en el catastro en su momento que además era bastante más alto que el que consta ahora mismo en el catastro. Me dicen que una vez demos el valor a la vivienda, tendré que pagar además el IAJD del 1,5% sobre ese valor que se va a dar. ¿Si el valor que le doy es el mismo que yo recibí en su momento en herencia no estaré duplicando el pago de impuestos?

2 Respuestas

Respuesta
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"Me dicen que basta con hacer una escritura de "Obra antigua",

No todos los inmuebles pueden inscribirse en el Registro de la Propiedad por medio de la Declaración de obra nueva antigua, sólo aquellos que cumplan determinados requisitos

"con esto se le da un valor a la edificación y se va al registro donde en teoría se haría el cambio de uso y quedaría registrado. "

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos dará lugar a que el Registrador deniegue la inscripción.

"que pagar además el IAJD del 1,5% sobre ese valor que se va a dar"

Debe liquidar el IAJ al tipo impositivo(porcentaje) que se aplique en la comunidad autónoma donde esté sita la edificación.

Al tratarse de un tema complejo es muy recomendable estar previamente asesorado por un especialista en la materia.

Muchas gracias por su respuesta

Y que requisitos son esos que se deben cumplir? 

Por más que pregunto y que investigo no consigo más información salvo que es un asunto complejo. La verdad me gustaría entender lo que hay que hacer sobretodo por hacerlo bien y sin problemas. 

Qué habría q hacer exactamente entonces? 

Muchas gracias

"Qué habría q hacer exactamente entonces"

Acudir a un abogado experto en la materia que le asesore tanto sobre si podría o no inscribir la obra como, en caso de poder, sobre los trámites a realizar.

Si lo desea puede ponerse en contacto con nuestro despacho a través de esta misma web o a través de nuestra propia página.

Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Cosa que parece ya ha hecho, pues tiene la información.

Efectivamente hay que realizar escritura de obra antigua para que así conste en el registro de la propiedad, una vez tramitada después de pagar los impuestos. Es muy recomendable que se lo haga una persona con experiencia y que haya hablado previamente con el registrador, para evitar problemas con la inscripción.

Muchísimas gracias por su rápida contestación.

Sí, la información me la han dado en notaría pero me queda la duda en el valor que hay que dar a la edificación.  No entiendo que valor debe ser; si es algo orientativo, es el valor del IBI, hay unas tablas de referencia....

Además no me queda claro si debo pagar el IAJD o no.

Gracias por su ayuda.

Como normalmente tendrá que aportar un informe de un arquitecto, este le ayudará a determinar el importe de la obra.

Si declaran por debajo del valor catastral, la construcción, seguramente tendrán problemas.

Este es un tema complejo y debería asesorarse de profesionales.

Agradecemos valoración de la repuesta.

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