Patio uso comunitario.el paso es servidumbre?
Hola, mi consulta:
Patio uso comunitario con entrada desde la calle, también existe un local de la comunidad que es bar y tiene salida a dicho patio comunitario. Hace 3 meses aprobamos por UNANIMIDAD que el patio se usará para nuestras motos, bicibletas y patinetes (solo vecinos residentes), no se almacenara absolutamente nada ni eventualmente por parte del bar, cualquier modificacion que se tendrá que aprobar por uninamidad, eso el lo que reza en el ACTA. Los Estatutos del bloque dicen poco, “el uso de zonas comunitario es de todos”.
Bien, el BAR nos han pedido usar el patio para la carga y descarga (¿es servidumbre?), el camion quedaria en la calle y el trabajador (ajeno a las propiedades) con el material que compren pasaria (con los ruidos que comporta cajas de bebidas y el carrito). Los vecinos estamos encontrados, unos si y otros no quieren. ¿Sé qué todos tenemos derecho sobre el patio, PERO,? ¿Seria servidumbre de paso? Si no lo es, cuantos votos se necesitan para permitir o denegar y que consecuencias a posteriori podria acarrearnos esta servidumbre. Decir que, los intereses del local no son los mismos que los de los vecinos. Que leyes y art. Por favor.
Y por último, si ya tenemos un acta donde se habla del patio y el bar y se aprobó por UNANIMIDAD lo que arriba os he explicado, ¿valdría para negar ese acceso para uso del negocio? O tienen derecho a utilizarlo por ley o los votos que se necesitan para eso en concreto son otros.