Impago alquiler de un local

Soy propietaria de un local, en Febrero firme un contrato con una empresa, se especificó que ese mes sería de carencia y se empezaría a pagar en Marzo, no fue así ya que adujeron tener problema para contratar la luz, los problemas continuaron en Abril y además se me ha hecho hacer una acometida nueva, con traslado del anterior contador, ( que me ha costado un dineral) porque decían que lo exigía Endesa, una vez hecho les digo que tienen que empezar a pagar y me contestan que Endesa le sigue poniendo trabas y hasta que no esté la luz conectada no me pagarán, también me propone pagarme una parte del alquiler sin declarar y como a esta altura de juego ya tengo claro que van con mucha maldad y pocas ganas de pagar le quisiera preguntar:

1- ¿Puedo rescindir el contrato? Hay una cláusula que dice que si alguna parte no cumple lo puede hacer.

2- ¿Si firmo recibos por menos cantidad de la pactada en contrato podría alegar que es lo convenido verbalmente y dejar de pagarme el resto?

Por cierto, le estoy proporcionando luz desde mi casa (que tampoco me pagan) y están abiertos al público. ¿Qué me aconseja hacer con tamaño cuadro?

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Que acuda inmediatamente a un abogado de su confianza, el asunto “pinta” muy mal.

Si, lo tengo en mente, solo estoy esperando que me mande ella el recibo que quedó en emitir, ya que al menos Mayo conseguí que lo diera por pagado a cambio de la limpieza y acondicionamiento  de la arqueta que la ha hecho ella (por una cantidad desproporcionada) y también me la cobra. Estoy escribiendo todo y aun me parece que estoy haciendo el tonto más aun de lo que ya sospechaba. Cuando dice que pinta mal... supongo que se refiere a que, como le dije, tienen pocas ganas de pagar que ya parece obvio, pero lo que me crea mas incertidumbre es que ya no me fio de nada y me da miedo hacer cualquier cosa que me pueda perjudicar aun más como firmarle un recibí por menos cantidad y que la otra no aparezca por ningún sitio. He pensado que no firmo más que lo que se estipula en el contrato o que me haga la transferencia por ese importe y se deje de cantidad B, ahhh y como ya me están saliendo cuernecitos los mismo hasta le desenchufo la corriente desde mi casa. Hasta ahora he tratado de mantener las formas pero ya es demasiado. 

También le convendría leer la ley de arrendamientos urbanos, le dejo un enlace http://normativainmobiliaria.wikidot.com/ley-de-arrendamientos-urbanos-espana

¡Gracias! 

Que razón tenía, la luz la he tenido que dar yo de alta (y a Dios gracias) para demostrar que lo que decían no era cierto pero a cambio ahora le estoy pagando la luz y ni Mayo me han pagado, realmente solo dieron la fianza en febrero y punto. Ya estamos con un abogado, mañana mandamos burofax 

Suerte!

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