Penalización por cancelación anticipada alquiler
Estoy a punto de firmar un contrato de alquiler que especifica "Realizado el preaviso con la antelación pactada, queda convenido el pago de una indemnización por el arrendatario, en concepto de perjuicios para el propietario, equivalente a un mes de renta por cada año de contrato que reste por cumplir."
Entiendo que esto es legal pero no es obligatorio y puede acordarse que no haya indemnización. ¿Me lo podrían confirmar? Por otra parte, es un contrato de 5 años con renovaciones anuales. ¿Aplicaría la indemnización también si el arrentadatario decidiera, avisando con el preaviso requerido, de no querer la renovación del siguiente período anual?
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Respuesta de Pedro abogado