Subvención por instalación de ascensor y el piso se vende entre la construcción del ascensor y la recepción de la subvención
Si pago una derrama de 10.000 euros para la instalación de un ascensor en una vivienda antigua en Madrid y tras solicitar la comunidad de propietarios una subvención al Ayuntamiento o Com. De Madrid, EL PISO LO VENDO ANTES DE QUE SE RECIBA DICHA SUBVENCIÓN, ¿quién sería el beneficiario receptor de la citada futura subvención: yo como pagador real o el nuevo propietario? En los estatutos no se dice nada sobre este tema. En Internet he encontrado opiniones opuestas. No estoy seguro de si tengo que negociarlo con el precio de venta al comprador (a fecha de hoy es muy probable pero no es seguro que se obtenga subvención y tampoco se sabe el importe exacto) o si el comprador queda como beneficiario subrogado de forma automática por ser el nuevo propietario en el momento de recibir la comunidad de propietarios la subvención. Lo justo es que la devolución parcial vaya para el pagador real que abonó el dinero pero lo justo y lo legal no siempre es lo mismo. ¿Qué dice la LPH?