Puedo irme de un trabajo en el periodo de prueba?

Acabo de comenzar un empleo y no estoy muy contento con las condiciones, la cuestión es que es un contrato por 6 meses con período de prueba de 2 meses. Aunque en el contrato dice: "En el supuesto de extinción del contrato por parte del trabajador deberá preavisarse a la empresa con una antelación de 15 días naturales". ¿Durante el periodo de prueba también? Sobre ellos mismos (la empresa) no dice nada de preaviso. ¿Podría marcharme sin preavisar?

2 Respuestas

Respuesta

I. Hola Dahl, por mi parte y como hableé hace muy poco con otra persona, no tengo los conocimientos para poder atenderle pero deseaba trasladarle la información creo cercana que vi sobre este tema junto con una respuesta que traté de dar hace unos meses, por si pudiese serle de utilidad mientras le atiende una persona conocedora de primera mano, es poco pero tal vez puedan orientarle al respecto.

Conozco la posibilidad de que pudiera dirigirse al SMAC (Servicio de mediación, arbitraje y conciliación), para poder intentar obtener información sobre esta situación y su deseo de renuncia, estas son sus páginas principales,

https://gie.es/blog/servicio-mediacion-arbitraje-conciliacion-smac/ 

https://www.reclamador.es/blog/smac/

También podría dirigirse a la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

https://www.ilo.org/global/lang--es/index.htm 

Le ruego me disculpe tanta imprecisión y las molestias de lectura, ánimo.

https://www.welcometothejungle.com/es/articles/romper-fin-periodo-prueba-consejos 

Duda baja voluntaria en periodo de prueba

https://payfit.com/es/contenido-practico/baja-voluntaria-en-periodo-de-prueba/ 

https://orientacion-laboral.infojobs.net/dejar-el-trabajo-periodo-prueba-cobrare-paro 

Período de prueba.

https://payfit.com/es/contenido-practico/renunciar-periodo-de-prueba/ 

Respuesta
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Uno es libre de marcharse cuando quiera. O la empresa rescindir unilateralmente el contrato.

Ahora bien, hay una serie de requisitos, tanto por la patronal como por el trabajador. Uno de ellos es el preaviso. Cada uno asumiría las consecuancias del acto de no hacerlo.

En tu caso, si lo haces, no tendrías derecho a las prestaciones por desempleo que pudieran corresponderte, ya que éstas solo se perciben si el empleo se pierde de forma involuntaria.

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