¿Se aplica hoy el plazo de prescripción de cuatro años para las estructuras ilegales?

¿Existe ahora un plazo de prescripción de cuatro años para las construcciones ilegales?
¿A qué infracciones se puede aplicar este plazo de prescripción? Si se construye una casa legalmente, con una licencia de construcción válida, pero con infracciones en el proyecto, ¿puede registrarse la casa con infracciones 4 años después de finalizada la construcción?

Respuesta

Si se ha construido un inmueble con licencia de construcción en orden. Pero hay defectos en la construcción que impedirían ortorgar licencia de primera ocupación. Dichos defectos prescriben entre 4 y 8 años, dependiendo del ayuntamiento donde están. Si se trata de zonas protegidas el plazo puede ser muy superior.

Una vez pasado ese plazo, podrás acercarte al notario y declara una "obra nueva antigua" para eso hace falta que los técnico que haya construido tu casa te proporcionen el libro del edificio y el certificado final de obra (el plazo de prescripción arriba señalado comenzara a contar a partir de la fecha del certificado final de obra)

Una vez el notario protocolize tu obra podrás pedir licencia de 1º ocupación y la cedula de habitabilidad.

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