Terreno rustico con instalación fv

Matrimonio de 15 años en sociedad legal de gananciales, llevan a cabo un negocio de placas solares fotovoltaicas en las que pagan el excedente de energía a cambio de producción. Las placas solares se instalaron en un terreno rústico (campo/parcela) propiedad del suegro (padre del marido). Actualmente, se quiere liquidar la sociedad de gananciales, y ese terreno es ahora propiedad (usufructo) del hijo. ¿Cómo se procedería?

¿Cómo influye el terreno en el negocio? ¿Se valora el negocio de placas solares solo o con el terreno también? ¿El terreno se revaloriza o aumenta el valor al instalarse unas placas fv al igual que sucede en una casa?

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