I. Hola Blancagris, aunque no soy conocedor y habrán de responderle los expertos, según he leído mientras una persona tenga contraída algún tipo de deuda, no le será posible ser avalista. Estos serían los requisitos más elementales.
- Ser mayor de edad, en el caso de que el avalista sea una persona física
- Contar con una fuente de ingresos estable y recurrente
- No tener deudas pendientes de pago
- Contar con bienes totalmente propios con los que poder afrontar el pago en caso de tener que cubrir la deuda
Deseaba trasladarle la escasa información que vi a cerca de este tema. A su vez es sencillo trasladar su consulta a un experto en caso de no llegar respuestas durante la semana.
Le ruego me disculpe las molestias de tanta lectura y el tipo de respuesta. Ánimo.
https://www.consumerfinance.gov/es/obtener-respuestas/soy-responsable-de-pagar-las-deudas-de-mi-conyuge-fallecido-es-1467/
Si fallece el prestatario, la deuda se incorporará a la herencia. Entonces, serán sus herederos quienes paguen la deuda. Si fallece el prestamista, la deuda será un derecho en la herencia y uno o varios de los herederos serán los que reciban el dinero.
https://www.consumerfinance.gov/es/obtener-respuestas/si-alguien-que-tiene-deudas-muere-la-deuda-se-cancela-es-1463/
https://www.santanderconsumer.es/blog/post/si-soy-avalista-puedo-pedir-un-prestamo
https://prestamo.capital/blog/me-puede-avalar-un-pensionista/