Daños y rescisión unilateral inquilino
Hola:
Alquilé un piso el 1/05/09 con contrato depositado en la cámara de propiedad y fianza a Incasol. El contrato pone que según ley actual será de una año prorrogable a 5. En ninguna parte pone que se le da permiso al inquilino para rescindir unilateralmente de contrato.
El 5/10/09 me comunica telefónicamente que se va el 7, finalmente se va el 20, me hace ingresos semanales ya que no me quiere pagar el mes de Octubre entero. He conseguido que me firme un documento en el que consta que ella rescinde el contrato unilateralmente antes del año y que mo me ha avisado con 30 días de antelación.
A la entrega de las llaves veo que tengo las puertas de madera totalmente destrozadas, tanto por el traslado como por un perro que tenían, un armario destrozado y que lo han intentado arreglar con cinta de embalar por detrás, una mesita de noche, el horno petado por sobrecarga eléctrica, agujeros en el techo y en las paredes hechos sin permiso, mierda en el baño, etc...
Total, ¿la fianza es de 1.400? ¿Y los daños y desperfectos suben más de 2.500? Contando que no ha pagado ningún consumo y que están pendientes de abono, gasto que tengo que asumir.
¿Qué puedo reclamarle legalmente?. Yo le he dicho que si me abona la diferencia entre la fianza y lo que me cuesta poner el piso tal como lo tenia cuando se lo dejé ya me conformo. Si no acepta. ¿Qué puedo hacer legalmente?. ¿Puedo mientras arreglar el piso para poderlo poner otra vez en alquiler?. ¿Tengo qué presentar facturas para reclamar los daños?. ¿Tengo el presupuesto de las puertas que es lo que más sube 1.200? De los consumos tengo los recibos devueltos pero el consumo restante hasta que no me pasen los recibos no los tengo, de la lámpara, armario, mesita de noche y horno, no lo tengo ya que actualmente no puedo andar tengo una lesión en ambas rodillas y estoy pendiente de operación.
Gracias de antemano.
Alquilé un piso el 1/05/09 con contrato depositado en la cámara de propiedad y fianza a Incasol. El contrato pone que según ley actual será de una año prorrogable a 5. En ninguna parte pone que se le da permiso al inquilino para rescindir unilateralmente de contrato.
El 5/10/09 me comunica telefónicamente que se va el 7, finalmente se va el 20, me hace ingresos semanales ya que no me quiere pagar el mes de Octubre entero. He conseguido que me firme un documento en el que consta que ella rescinde el contrato unilateralmente antes del año y que mo me ha avisado con 30 días de antelación.
A la entrega de las llaves veo que tengo las puertas de madera totalmente destrozadas, tanto por el traslado como por un perro que tenían, un armario destrozado y que lo han intentado arreglar con cinta de embalar por detrás, una mesita de noche, el horno petado por sobrecarga eléctrica, agujeros en el techo y en las paredes hechos sin permiso, mierda en el baño, etc...
Total, ¿la fianza es de 1.400? ¿Y los daños y desperfectos suben más de 2.500? Contando que no ha pagado ningún consumo y que están pendientes de abono, gasto que tengo que asumir.
¿Qué puedo reclamarle legalmente?. Yo le he dicho que si me abona la diferencia entre la fianza y lo que me cuesta poner el piso tal como lo tenia cuando se lo dejé ya me conformo. Si no acepta. ¿Qué puedo hacer legalmente?. ¿Puedo mientras arreglar el piso para poderlo poner otra vez en alquiler?. ¿Tengo qué presentar facturas para reclamar los daños?. ¿Tengo el presupuesto de las puertas que es lo que más sube 1.200? De los consumos tengo los recibos devueltos pero el consumo restante hasta que no me pasen los recibos no los tengo, de la lámpara, armario, mesita de noche y horno, no lo tengo ya que actualmente no puedo andar tengo una lesión en ambas rodillas y estoy pendiente de operación.
Gracias de antemano.
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Respuesta de Amparo BB
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