Vamos a ver.. vayamos por partes.. en primer lugar hay que saber por cuanto tiempo lo has alquilado y cuanto tiempo llevan de alquiler, esto es importante saberlo porque independientemente de que el contrato lo hagas por un año o menos la duración del contrato es de cinco años por ley, salvo que en el contrato hubieras dispuesto que solo lo pones por ese plazo por necesitar la vivienda para ti para usarla como tu vivienda particular...
Si el contrato lo firmaron por un periodo inferior a cinco años se renovara hasta cumplir los cinco... si por el contrario ya llevan los cinco años se renueva de año en año
Por otra parte hace falta saber si cualquiera de las dos partes a avisado a la parte contraria su intención de no renovar el contrato, pues no es necesario renovar el contrato cada vez, basta con no decir nada hasta la fecha limite, en cuyo caso se renueva automáticamente.
Ahora lo importante es ver si te pagan, pues si te pagan quiere decir que habéis hecho renovación tácita del contrato... dicho en cristiano, prórroga del contrato por un año más.
Si ni siquiera te pagan pues la cosa ya cambia, y dependiendo de la comunidad autónoma la cosa es diferente, en algunos casos es necesario un acercamiento extrajudicial o conciliación previa y en otros se hace directamente la demanda de desahucio... en cualquiera de los dos casos necesitas un abogado..
No se si te he aclarado y perdona la parrafada, es que dado lo escueto de tu explicación tengo que contemplar todas las posibilidades... si me explicas con detalle te explico tu caso concreto... si con esto te has aclarado te agradeceré que finalices y puntúes mi respuesta... y si no te ha quedado claro pues vuélveme a preguntar...