Acerca del alquiler de vivienda

Hola os explico el tema: a finales del año 2010 alquilamos
mediante contrato con gestor una casa a un inquilino de nacionaidad
argentina. Bien el tema es que se estipulo la cantidad de 400 euros mensuales+
Abonar en mano recibo de luz y agua. Comenzó pagando lo que podía al mes, uno
200 euros, otro 400 euros... Y claro mi madre que es la dueña, jubilada y
pensionista no podía seguir haciéndose cargo de los gastos. Actualmente lleva
más de 4 meses que no aporta ni un eruro y como no parece tener intención de
pagar hemos pensado en no seguir pagando la luz, por lo que fui a iberdrola y
tras explicarles el caso cambié el nombre del propietario actual y le llegase
carta al domicilio en cuestión, avisándole de que el impago sucesivo produciría
el corte de suministro. Nos ha amenazado que si le cortamos la luz nos
denuncia, y me gustaría saber si lo hemos hecho bien, e incluso que más
podríamos hacer para no tener que llegar a juicio. Más datos: el contrato es
anual y renovable, y es de fecha de inicio en mayo de 2010, el gestor me dice
que si no tiene bienes o nomina no hay nada que hacer... POR FAVOR AYUDADME!

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Efectivamente el cortarle los suministros al inquilino puede considerarse acoso, y por ello le pueden demandar.
Lamentablemente lo único que se puede hacer es presentar una demanda por impago y esperar a que la justicia siga su curso.
En el futuro sería recomendable pedir un avalista o una garantía bancaria a los inquilinos, para así tener cierto margen de maniobra ante los impagos.
Suerte.

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