Las votaciones de reformas en zonas comunes son por mayoría o unanimidad

En el mes de diciembre se celebro una junta en la cual se aprobaba una derrama para una zona común a reformar, la votación debería haber sido por mayoría o unanimidad, así mismo, cual es el plazo legal para reclamar el dinero si ha habido irregularidad en la votación dado que se presentaron el administrador y un vecino con las autorizaciones correspondientes

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Que tipo de reforma, la modificación de un elemento común se hace por unanimidad, una reforma depende de que tipo es por mayoría.

Se necesitarían mas detalles. No hay plazo legal para reclamar dinero, lo que se debe es impugnar el acuerdo si este no se ajusta a derecho. Para impugnar un acuerdo se debe ir a juicio ordinario con abogado y procurador. El plazo para reclamar es de un mes y si va contra la ley un año, desde la reunión o la notificación del acta si no se asistió a la reunión.

la obra es de la zona común del portal y parte de la escalera, así mismo si esa votación de esa zona pertenece a unanimidad en que articulo de la ley de propiedad horizontal esta, te agradecería que me especificaras el articulo y el apartado, el motivo porque creo que hay irregularidad en la votación de esa junta, muchas gracias por adelantado y perdón por las molestias

Me refería a que tipo de reforma si es arreglar algo o cambiarlo totalmente. Asimismo le indico el art. de la LPH:

ARt. 9 y art. 10 con relación a las obras y art. 17 con relación a las votaciones.

Si necesita alguna aclaración concreta no dude en preguntar un saludo.

es poner suelo y poner azulejos a medias paredes con retirada de unas maderas en la zona de los buzones y la retirada de los mismos

Entiendo que lo quieren cambiar porque está viejo y reponerlo con el material que había no procede, puesto que ya no se fabrica, esto es un arreglo, si es así es mayoría si lo que quieren hacer no es necesario sino que lo hacen por estética es una mejora y también es mayoría.

pero ¿en el articulo 17 dice que tiene que ser por mayoría?

no es por necesidad cuando hace 2 o tres años se dispuso de otra derrama para el arreglo del mismo

Por lo que me está diciendo lo que se quiere es arreglar el portal porque este está en mal estado, por lo que con la mayoría llegaría.

muchas gracias lo que deduzco es la mayoría y no la unanimidad, incluso habiéndose arreglado hace 2 años y con las reformas de barreras arquitectónicas con lo cual no es posible hacer ver a la comunidad ¿la necesidad de una unanimidad??

En este caso y por lo que nos cuenta es por mayoría puesto que entendemos que se está haciendo un arreglo por el mal estado del portal.

no es mal estado, conforme lo propusieron en ese día fue adecentar un poco, tras una pequeña reforma en la cual ese le puso, hace 2 años, el suelo nuevo y se pinto 

Sigue siendo por mayoría, cualquier tema de la comunidad que no modifique el titulo constitutivo o sea para la supresión o instalación de un nuevo servicio se decide por mayoría.

muchas gracias, y perdonad por las molestias

No hay problema un saludo y espero haberle ayudado.

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