¿Pueden vetarnos el derecho a voto?
Mi novio y yo hemos comprado una vivienda embargada al banco en Madrid capital. En la escritura de compraventa figura que la entidad se hace responsable de las cargas anteriores a la firma de la escritura, pero la presidenta de la comunidad de propietarios nos reclama una deuda anterior de casi 600 € correspondiente a la instalación del ascensor. Consultamos con el banco, que nos indicó que solicitáramos la información de la deuda y se lo enviáramos tanto a la gestora como a la directora de la sucursal. La presidenta, desde el primer momento, se ha negado a facilitarnos cualquier información, diciendo que ya lo tienen ambas partes. Le hemos hecho saber que esa deuda la tiene que reclamar al banco, pero nos dice que a la Comunidad no le importa quién lo tiene que pagar, que quieren que se pague y continuarán reclamando.
Por otro lado, no sé hasta qué punto, puede reclamar el pago de esa deuda, ya que se corresponde con una derrama de 2007, y el banco se hizo propietario del piso en 2010. Por lo que he entendido en la LPH solo se puede reclamar la deuda del año en curso y del inmediatamente anterior.
Por último, ayer quisimos realizar el pago de la comunidad de este mes y no nos ha querido coger el dinero, alegando que ella no puede coger el dinero para el pago de una parte, sin que esté realizado el pago de la deuda. Además, nos indicó que a finales de este mes o principios de Abril se celebrará la reunión de propietarios, en la tenemos derecho a voz, pero según dice, no tendremos derecho a voto a causa de la deuda pendiente, pero esa deuda es de los anteriores propietarios, no nuestra, ¿es cierto que pueden votarnos el derecho a voto? También dijo que si en la reunión, aún no estaba pagado, ella tendría que sacar el tema para tratarlo en junta, me sonó a amenaza, pero no sé qué consecuencias nos puede conllevar.