Compromiso de compra futura

Hemos comprado el 51% de una empresa quedando el 49% con un compromiso de compra a 3 años a un precio pactado en una escritura. ¿Cómo tengo que registrar este compromiso de compra futura?

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No cabe el epígrafe 19 al no ser operaciones con acciones sino con la entidad en su conjunto sin haber emitdo nuevas acciones, tampoco anticipos por opciones de compra o venta por lo que la única posibilidad es registrarlo como deudorees en la 440, se debe cácular los intereses y reclasificarlos año a año, en caso que se dengen intereses.
¿Deudores contra que?
¿Tiene sentido (D) 240 a (H) 173? Gracias
Si tienes la escritura de compra con el precio aplazado
240 por la parte ya comprada al debe
249 por la parte comprada pero no desembolsada al debe
a
57 por la entrega de efectivo a la parte desembolsada al haber
173 por la parte pendiente de desembolsar al haber como tú bien dices
Si más o menos es tú planteamiento, muy bien
artentamente
Felipe de Pablos
www.plandeviabilidad.com

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