Tope deducción fiscal

Hola, mi duda es la siguiente:
He encontrado un apartado sobre la desgravación fiscal que dice lo siguiente: "para poder aplicar la deducción fiscal no se podrá amortizar más del 40% del importe total solicitado durante los tres primeros años"
¿Ese 40% se refiere sólo a la parte de capital o también a los intereses?
¿Si la hipoteca se firmó el 2/10/2007 en nov de 2010 ya puedo amortizar o los tres primeros años se refiere a los tres primeros ejercicios fiscales?

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Ese párrafo se refiere sobre el capital, los intereses no cuentan.
Y respecto al plazo, creo que si, son años naturales (el párrafo no habla de años fiscales, ¿no?), así que sí podrías amortizar más de dicho 40% a partir de noviembre de 2010.
De todas formas, ahora mismo puedes amortizar también, sólo que no debes pasarte de dicho porcentaje, si solicitas 100.000 podrás amortizar durante los primeros tres años hasta 40.000 de capital, pero mientras llegues a dicho importe es válido. ¿Ten en cuenta que el máximo a deducirte año a año son 9.015?, con lo que tampoco te compensaría pasarte ya que lo que supere de ahí no es desgravable.

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