Posibles cargas según nota simple piso embargado

Hola buenos días. Mi pareja y yo estamos tramitando la compra de un piso que fue embargado cuyo dueño es ahora el banco por adjudicación judicial. El banco del piso nos comentó que dicho piso está libre de cargas, porque a ellos por ley les obligan a dejarlo libre de toda carga, pero nos han surgido dudas al revisar la nota simple en el registro de propiedad que solicitamos. En dicha nota comentan lo siguiente en el apartado de cargs de la finca: "afecta por plazo de 5 años, a contar desde el día x-marzo-2011, a las liquidaciones complementarias que puedan girarse por el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, habiéndose satisfecho por Autoliquidación la cantidad de X euros, según nota al margen de la inscripción". Y seguido pone en letra negrita: "sin perjuicio de posibles afecciones fiscales caducadas pendientes de cancelación"
Nos gustaría saber, si realmente está libre de cargas como dice el banco, ¿qué quiere decir eso que pone en dicha nota simple comentada anteriormente
Gracias por la ayuda y disculpe por la extensión del texto

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Esa anotación no tiene problema ninguno. Quiere decir que si dentro de ese plazo Hacienda reclamase algún impuesto que hubiese pendiente sobre el piso, habría que pagarlo, pero el banco tiene razón, no quiere decir que haya deuda, sólo que SI LA HUBIERA, habría que pagarla (a los cinco años ya no porque prescribiría). Es muy habitual y no hay problema alguno en ese aspecto.
Muchas gracias por la aclaración. Nos ha quedado todo claro. Esperamos no nos surjan más dudas de ningún tipo, pero sino le escribiremos a usted, ya que nos ha dado una impresión muy favorable de su profesionalidad
Gracias de nuevo, y esperamos que le vaya todo bien. Saludos

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