Deuda Reliquidación del Impto sobre transmisiones Patrimoniales.
Quisiera que me informaran que pasa si no pago una deuda por re-liquidación del impto sobre transmisiones patrimoniales, de un solar de 2100 mts cuadrados ubicado en Xativa. C.P. 46800, Valencia; cuyo valor catastral es de 65.000€, dicho solar lo compramos con mi marido en el año 2008 en régimen de gananciales, y desafortunadamente mi marido falleció hace 3 años. Pero la Administración de hacienda pública en el año 2011 ha enviado notificaciones a mi marido y a una dirección donde él vivía anteriormente y que yo ya no vivo allí, cobrando casi 4.000€ alegando que el valor catastral no es correcto y que ellos lo han revalorizado por casi el doble por 112.000€ y entonces dicen que estamos debiendo una parte el impto sobre transmisiones patrimoniales y que en su día pagamos el 7% sobre los 65.000€. Yo he recurrido dicho acto y al final el tribunal económico administrativo de valencia lo ha denegado. Entonces me dicen que puedo ir al contencioso pero que de todas formas tengo que pagar dichos 4.000€ y que luego si falla a mi favor pues que los devolverán pero si no, entonces se lo quedan. Mi pregunta es que pasa si dejo las cosas así y no pago, pues hasta ahora nunca se han dirigido a mí sino siempre han hecho las notificaciones a nombre de mi marido e incluso están enviando a una dirección donde yo no vivo, y yo no me había enterado. Es que no me parece justo pagar dicha deuda pues ya he consultado con un perito y me dice que el valor de mercado de ese solar no llega ni a los 50.000€, así que si quisiera yo vender ese solar ni siquiera recuperaría todo el valor que pagamos por él, y por eso no veo conveniente pagar mas por impto de transmisiones sobre un valor catastral que es ilógico. Mi único ingreso es por una pensión de viudedad, y orfandad por mis dos hijos de 4 y 7 años. Pero ademas menciono que la partición de la herencia de mi marido no se ha hecho aún y que hay 3 herederos que son menores de edad (mis dos hijos y un hijo de mi marido de una relación anterior a nuestro matrimonio). Así que yo no soy la única dueña del solar, ¿Es posible que me embarguen la cuenta bancaria a mi nombre? ¿Y eso en cuento tiempo sería? ¿O qué vayan primero a por una cuenta bancaria a nombre de mi marido? Les agradecería que me asesoraran para saber que debo hacer. Agradezco mucho la ayuda que prestan a través de éste medio.