Seguro de préstamo

Hola, quisiera saber si puedo cancelar el seguro de préstamo que tengo desde hace 6 años, y que llevo pagando desde hace 6 años.

Me cobran por mi pareja y por mi 125 y 153 uno por cada uno, aunque es un solo préstamo.

¿Se puedes anular es seguro? Hace un mes que firmamos una refinanciación, justo después de pagar el seguro.

¿Con cuánto tiempo tendría que avisar y a quién?

Gracias.

Respuesta
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Siento no poder contestar claramente, y estaba indecisa entre si responder, o descartar la pregunta (para que pueda plantearla de nuevo a otro experto).

El problema es que no es tan sencillo contestar si no se tiene la póliza delante.

Es decir, primero cabría aclarar el tipo de seguro de vida, y luego las condiciones que en él se hayan establecido.

No hay dos seguros de vida iguales, y cada uno puede tener una finalidad distinta, y haber estipulado contractualmente distintas condiciones.

En pocas palabras, sin el seguro de vida delante, es imposible poder darle una respuesta acertada.

Por ejemplo, si se trata de un seguro de vida de amortización de préstamos, lo más probable es que sea de capital decreciente y de duración determinada, incluso tal vez figure como tomador el propio banco, y en ese caso, como en otros muchos, no podrían anularlo.

Por otro lado, tampoco aclara Ud. si la refinanciación la han realizado con otro banco o financiera distinta a la anterior, en cuyo caso, tal vez y sólo tal vez, al haber cancelado todo lo anterior para contratar lo nuevo, podría ser que los vínculos contractuales anteriores hayan desaparecido y entonces sí (tal vez) podrían anular dichos seguros de vida.

Pero en general, como he dicho antes, es IMPOSIBLE saberlo si no se conocen los pormenores de la operación anterior, de los compromisos adquiridos, de las condiciones estipuladas, etc.

Por tanto, mi consejo es que acuda a un Abogado (preferiblemente), o incluso a un Corredor de Seguros (siempre que haya alguno que acepte mirarlo), con las pólizas de vida, con la escritura de hipoteca o préstamo anterior y también con la escritura de cancelación, así como con la nueva hipoteca o préstamo, y con toda cuanta documentación anterior y presente disponga relacionada con ambas operaciones).

Sólo así podrá Ud. conocer con claridad cuales son sus derechos y sus obligaciones sobre dichos seguros de vida respecto del préstamo anterior y de los nuevos prestamos.

Me gustaría poder hacer algo más, pero sin documentación, ya le digo, es imposible.

Suerte.

Cris.

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