Manutención del niño

Hola ante todo agradecer lo bien que hacen aportando sus respuestas.mi caso es que me separe hace 3 años fruto de la separación un hijo de 8 años actualmente, ¿a mi ex marido se le estipulo de mutuo acuerdo una pensión de alimentos de 150? Más la subida del IPC cada año. ¿Bien pues el año pasado me estuvo pagando 160 y este año cada mes va ingresando menos como puedo saber si eso esta bien o mal? En la sentencia de separación pone pensión de alimentos 150 pero gastos extraordinarios al 50% y eso no lo cumple ¿cómo puedo hacer para que cumpla con el régimen alimenticio y los gastos extraordinarios? Esos gastos extraordinarios ¿incluirían ropa, sanidad, comedor de colegio, estudios? Muchas gracias
Respuesta
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En estos casos hay que estarse a lo que indica la sentencia o el acuerdo, debiendo estar declarado en ello lo que se considerará extraordinario, de lo contrario, debe considerarse como aquello que constituye un imprevisto, por lo cual, vestuario, alimentación, salud regular, estudios no constituyen un extraordinario, entendiéndose más bien por este, una enfermedad repentina, intervención quirúrgica urgente, etc.
Ten presente que siempre que no se cumpla un acuerdo o sentencia, puedes recurrir al tribunal que las dictó para solicitar se obligue a cumplir por la fuerza. Esto es un trámite bastante simple, debes presentar la copia del acuerdo o sentencia al tribunal con competencia civil o de Familia que dicto la resolución, indicando los inclumplimientos, aportando la mayor cantidad de antecedentes que apoyen tu reclamo, con el merito de esto el tribunal resolverá los pasos a seguir.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven

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