Precio dar usufructo a mi madre

Tengo una casa en propiedad, y mi madre tiene 55 años, ¿cuánto me costaría el impuesto por darle el usufructo?

¿Cómo se haria?

Respuesta
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El usufructo ha de dárselo ante notario.

Luego, esa escritura notarial se lleva a la oficina liquidadora (el notario le dirá dónde está) y se paga un impuesto.

Luego, se lleva al registro de la propiedad y se inscribe.

Como es lógico, tras el fallecimiento de su madre, tendrá que volver al notario, llevando certificado de defunción, anular el usufructo y llevar la escritura de nuevo al registro de la propiedad para darlo de baja.

En fin, bastante jaleo y bastantes gastos evitables.

Porque no se si sabrá que el usufructo no es propiedad. Solamente es otorgar el derecho a goce y disfrute.

El usufructo desaparece justo en el mismo momento del fallecimiento del usufructuario.

Bueno, usted sabrá los motivos y si le merece la pena.

Respecto al coste... estos impuestos están delegados por Hacienda en las comunidades autónomas y cada una de las 18 comunidades cobra diferente y aplica baremos distintos.

Por tanto, solo se lo pueden decir en la oficina liquidadora de su comunidad autónoma.

Puede hacer la consulta antes de ir al notario.

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