Divorcio dudas
Me voy a divorciar de mutuo acuerdo pero tengo unas dudas pues lo hacemos con el abogado de mi ex marido la duda la tengo en el siguiente párrafo:
Quinto.- Del domicilio conyugal, ajuar familiar y otros:
En cuanto a la atribución de la vivienda, sita en el Paseo A. - Barcelona. Inscrita en el Registro de la Propiedad nº.. Libro Tomo 7 Finca 6 Folio 5, ajuar enseres, mobiliario del que constituía el domicilio conyugal, se atribuye el uso al progenitor custodio de la hija. Cuando la hija cumpla dieciocho años se procederá a su venta, repartiéndose los beneficios según lo aportado por cada cónyuge en la compra del inmueble.
En cuanto al Parking situado en el mismo inmueble de la vivienda con el nº. 1 inscrito en el Registro de la propiedad n. Libro Tomo Finca Folio 5, se procederá al alquiler del mismo, desde el día siguiente de la firma del convenio, repartiéndose los beneficios según lo aportado por cada cónyuge en la compra del inmueble y hasta cuando la hija cumpla dieciocho años que se procederá a su venta, repartiéndose los beneficios según lo aportado por cada cónyuge en la compra del inmueble.
Acordamos que el porcentaje de la venta de la vivienda y el parking a si como del alquiler del parking hasta su venta sea del 60% para don Jose y del 40% para doña Luisa.
La Sra. Luisa soportará el pago de todos los gastos de la vivienda, y de los servicios contratados.Los gastos del parking hasta que se alquile. El Sr. Jose abonará la mitad de los gastos del I.B.I. Y de los que afecten a la propiedad, previa exhibición del recibo o factura detallada y firmada por el presidente de la comunidad del momento, junto a la pensión ordinaria del mes en que presente la factura.
Mis dudas son las siguientes yo tengo la custodia de la niña a la hora de vender tiene algo que ver que ponga que se repartirán los beneficios según lo aportado y luego ponga que el porcentaje es del 60 y el 40 y que los gastos de ibi y lo que afecten a la vivienda sean al 50% ¿a la hora de vender mi ex puede alegar que el porcentaje por el aportado en la compra es mayor? Y yo puedo alegar que quiero la mitad pues los gastos los hemos pagado al 50%, ¿no debería mi ex poner que los gastos se pagaran según lo que se va a recibir a su venta?.
Bueno siento haber sido tan extensa pero es que estoy muy preocupada gracias por vuestra ayuda saludos
Luisa
Quinto.- Del domicilio conyugal, ajuar familiar y otros:
En cuanto a la atribución de la vivienda, sita en el Paseo A. - Barcelona. Inscrita en el Registro de la Propiedad nº.. Libro Tomo 7 Finca 6 Folio 5, ajuar enseres, mobiliario del que constituía el domicilio conyugal, se atribuye el uso al progenitor custodio de la hija. Cuando la hija cumpla dieciocho años se procederá a su venta, repartiéndose los beneficios según lo aportado por cada cónyuge en la compra del inmueble.
En cuanto al Parking situado en el mismo inmueble de la vivienda con el nº. 1 inscrito en el Registro de la propiedad n. Libro Tomo Finca Folio 5, se procederá al alquiler del mismo, desde el día siguiente de la firma del convenio, repartiéndose los beneficios según lo aportado por cada cónyuge en la compra del inmueble y hasta cuando la hija cumpla dieciocho años que se procederá a su venta, repartiéndose los beneficios según lo aportado por cada cónyuge en la compra del inmueble.
Acordamos que el porcentaje de la venta de la vivienda y el parking a si como del alquiler del parking hasta su venta sea del 60% para don Jose y del 40% para doña Luisa.
La Sra. Luisa soportará el pago de todos los gastos de la vivienda, y de los servicios contratados.Los gastos del parking hasta que se alquile. El Sr. Jose abonará la mitad de los gastos del I.B.I. Y de los que afecten a la propiedad, previa exhibición del recibo o factura detallada y firmada por el presidente de la comunidad del momento, junto a la pensión ordinaria del mes en que presente la factura.
Mis dudas son las siguientes yo tengo la custodia de la niña a la hora de vender tiene algo que ver que ponga que se repartirán los beneficios según lo aportado y luego ponga que el porcentaje es del 60 y el 40 y que los gastos de ibi y lo que afecten a la vivienda sean al 50% ¿a la hora de vender mi ex puede alegar que el porcentaje por el aportado en la compra es mayor? Y yo puedo alegar que quiero la mitad pues los gastos los hemos pagado al 50%, ¿no debería mi ex poner que los gastos se pagaran según lo que se va a recibir a su venta?.
Bueno siento haber sido tan extensa pero es que estoy muy preocupada gracias por vuestra ayuda saludos
Luisa
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