Cuantos días pasan después de la sentencia de un despido improcedente

Demande a la empresa por despido improcedente, y salio la sentencia el día 27 de Marzo de 2012 favorable, teniendo la empresa que pagar la indemnización y los salarios de tramitación hasta la fecha de la sentencia, lo que me pregunto es que pasa ahora ya que han pasado casi un mes y no he recibido ninguna notificación, quisiera saber cuando me tienen que avisar y si hay algún tipo de plazo para cobrar la indemnización y los salarios de tramitación.

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El empresario tené un plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia para ejercitar la opción de indemnizar al trabajador o de readmitirle en la empresa. Si no se pronuncia se entiende que opta por la readmisión del trabajador. Cuando el empresario haya optado por la readmisión deberá comunicar por escrito al trabajador, dentro de los diez días siguientes a aquel en que se le notifique la sentencia, la fecha de su reincorporación al trabajo, para efectuarla en un plazo no inferior a los tres días siguientes al de la recepción del escrito, pero como han pasado muchos mas de los 5 días de requerimiento y el empresario no te a comunicado nada tienes que acudir al juzgado de lo social de tu comunidad para solicitar en el juzgado que se ejecute la sentencia, y el juzgado se pondrá en contacto con la empresa mediante la vía de apremio para que la empresa te ingrese la cuantía de la indemnización mas el salario de tramite en un plazo que no puede superar los 30 días, pero tienes que solicitar la ejecución de sentencia sin mas demora.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta,.

Otra pregunta los salarios de tramitación, solo son hasta que haya salido la fecha de la sentencia o hasta que efectivamente se haga el pago, y si hay que cobrarlos con intereses de demora, y luego cuando los cobras referente al paro tienes derecho a coger el paro nuevo gracias y un saludo.

Los salarios de tramitación que te tiene que pagar la empresa empiezan a computarse desde el mismo día del despido hasta el mismo día de la notificación de la sentencia condenatoria y efectivamente si la empresa se retrasa en el pago tiene que abonarte el 10% de intereses de mora, y los tienes que cobrar junto con la indemnización, y por supuesto que tienes derecho a cobrar la prestación por desempleo si reúnes los 360 días en los 6 últimos años que se requieren para acceder a dicha prestación.. no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta..

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