Notificación ayuntamiento

Saludos juanhito.
Mi pregunta es la siguiente.
¿Es imprescindible que notifique al ayuntamiento el cambio de titular al subarrendar un local comercial ( bar)?.
Si no se notifica, ¿qué consecuencias y repercusiones puede tener para mi y para los subarrendadores si el ayuntamiento tiene conocimiento?
Esperando su respuesta me despido atentamente
Joan

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Yo entiendo, opinión personal, que la licencia de apertura de un local concedida por un Ayuntamiento afecta a que el local reúne los requisitos necesarios y suficientes para que esté abierto al público, independientemente de la persona que lo explote.
A efectos administrativos esa falta de notificación conlleva que para la Administración quien solicitó la licencia continua dentro del local.
Puede tener una sanción administrativa por no notificarlo, al igual que en Turismo.
Pero el contrato de arrendamiento pertenece al ámbito civil o privado ( no administrativo) se formaliza entre dos personas: propietario e inquilino, y en este caso con una tercera persona los subarrendatarios, y el único que puede no estar de acuerdo, si no lo autoriza el contrato, es el propietario que puede desahuciarles.
Como son ámbitos "estancos", nunca se resolvería un contrato de arrendamiento de carácter civil, por falta de notificación de un subarriendo al Ayuntamiento, porque es un acto de naturaleza administrativa.
Saludos. Gracias por su contestación y por la rapidez en hacerlo.Me parece muy correcta y estoy de acuerdo.En este caso concreto no pueden desahuciarnos porque tenemos permiso por escrito para poder subarrendar.
Atentamente
joan

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