Rescisión contrato

Hola, quería hacerte una consulta en relación a un piso de obra del que firmé contrato hace un año y cuatro meses. Tengo dificultades económicas y me gustaría rescindir el contrato y recuperar las cantidades entregadas a cuenta al constructor. La obra será terminada en unos dos-tres meses. Se lo comuniqué al constructor hace un par de meses y acordamos verbalmente rescindir el contrato, concediéndole un plazo de seis meses para devolverme el dinero, pero veo que me está dando largas, no me coge el teléfono y me está evitando para no firmar esa rescisión. Así que quería preguntarte que debería hacer, porque no quiero aguardar a que la obra esté terminada, me llame para escriturar y me diga que no le había avisado anteriormente. ¿Debería mandarle un burofax indicando mi intención de rescindir el contrato? Leyendo el contrato detenidamente, no aparece nada en el caso de rescindir o incumplir el contrato cualquiera de las partes y otra cosa, es que no ha realizado los avales bancarios para garantizar las cantidades que le entregué. ¿Qué opinas? Gracias

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Estimando (xxxxxx)
Creo muy fundado su razonamiento, yo le remitiría un burofax indicando su intención de rescindir el contrato y solicitando la devolución del dinero. Con mayor razón si de la lectura del documento privado se comprueba que no tiene derecho a retener cantidad alguna.
En cuanto a que no haya hecho un aval, una póliza de crédito y caución o el ingreso de las cantidades recibidas en una cuenta especial, es uno de los motivos que esgrimiría para pedir la devolución "amistosa" del dinero, pero el incumplimiento de esa obligación no es motivo de resolución de contrato sino, en todo caso de responsabilidad patrimonial y si me apura mucho, de apropiación indebida de dinero que en vez de estar depositado ha dispuesto de él.
Póngale el burofax y si me apura hágalo con un requierimiento notarial que van a ser unos cien euros.
Agradecería que me aclararas si en el burofax debería hacerle mención a lo de los avales o simplemente comunicar mi intención de rescindir el contrato y que sean devueltas las cantidades entregadas en un plazo determinado, ¿debo dar una causa de rescisión?. Por otro lado, ¿qué es lo del requerimiento notarial? ¿Cómo se hace?
Gracias
Yo no metería lo de los avales porque en realidad es una amenaza y lo que va a hacer es "calentar el ambiente" y no es bueno, la referencia a los avales se guarda para la conversación directa y para ablandar al contrario.
El requerimiento notarial es que un abogado, no Vd., ese documento de rescisión es un documento muy delicado y debe redactarlo un abogado leyendo su documento privado, un abogado redacta un escrito interesando la resolución del contrato y Vd. se lo entrega a un notario firmando un acta, para que vaya al despacho del constructor y le notifique personalmente o a la persona que se encuentre en la oficina el contenido del documento.
El contratista tiene 48 horas para contestar a su requerimiento y lo que diga se une al papel que Vd. le dio al notario.
Con ese documento que es inatacable, porque es un documento publico al hacerlo el notario, queda totalmente acreditado el día y la hora en que Vd. resolvió el contrato y el fundamento de su resolución y lo que contestó el interesado, si contesta.
Es infinítamente mejor que un burofax (aunque el burofax también sirve a efectos judiciales perfectamente) y puede costarle unos cien euros.

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